{"id":1937,"date":"2020-11-06T13:28:28","date_gmt":"2020-11-06T12:28:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.experta.com.ar\/index.php\/2020\/11\/06\/vacaciones-que-pasa-este-ano\/"},"modified":"2020-11-06T13:28:28","modified_gmt":"2020-11-06T12:28:28","slug":"vacaciones-que-pasa-este-ano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.experta.com.ar\/index.php\/vacaciones-que-pasa-este-ano\/","title":{"rendered":"VACACIONES: \u00bfQU\u00c9 PASA ESTE A\u00d1O?"},"content":{"rendered":"<p>Este a\u00f1o llev\u00f3 a las empresas a modificar todos sus esquemas de trabajo. Los trabajadores pasaron, en la mayor\u00eda de los casos, a implementar Home-Office, y se debieron hacer varios cambios estructurales. Por otro lado, la constante extensi\u00f3n del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) que hasta hoy contin\u00faa dej\u00f3 un punto en \u201cStand-by\u201d: las vacaciones. As\u00ed quedaron trabajadores con vacaciones pendientes del per\u00edodo 2019,\u00a0 y en el per\u00edodo 2020 hoy todo sigue siendo una inc\u00f3gnita. Son pocas las empresas que ya est\u00e1n hablando de este tema con su personal o asign\u00e1ndolas, cuando la ley estipula que las mismas se asignan del 1 de octubre al 30 de abril. Todo esto nos lleva a varias preguntas: \u00bfQu\u00e9 pasa con las vacaciones en este contexto? \u00bfQu\u00e9 sucede con las no gozadas? \u00bfQu\u00e9 dice la ley al respecto? \u00bfQu\u00e9 deben hacer las compa\u00f1\u00edas? Para evacuar todas estas dudas, charlamos con Mar\u00eda del Huerto Balza, contadora p\u00fablica y directora, Outsourcing &amp; Payroll Services de BDO Argentina y Sebasti\u00e1n Rodr\u00edguez Beltr\u00e1n , licenciado en Relaciones Laborales y gerente, Outsourcing &amp; Payroll Services de BDO Argentina. Seg\u00fan explican los especialistas, en este contexto actual donde gran parte de los empleados han migrado a un trabajo remoto, \u00e9stos optaron en no gozar las vacaciones o fraccionarlas de tal forma de cumplir con el fin de este beneficio \u2013 <strong>que es descansar de las tareas habituales\u2013, pero priorizar el resguardo de esos d\u00edas para gozar en el futuro en un contexto que lo permita<\/strong>. Si bien afirman que la \u00e9poca de otorgamiento seg\u00fan ley es del 1 de octubre al 30 de abril del a\u00f1o siguiente, la autoridad de aplicaci\u00f3n \u2013que es el Ministerio de Trabajo\u2013 mediante resoluci\u00f3n fundada puede autorizar la concesi\u00f3n de vacaciones en per\u00edodos distintos a los fijados. Sin embargo, a la fecha el Ministerio de Trabajo no ha publicado ning\u00fan cambio en el per\u00edodo vacacional fijado por la Ley de Contrato de Trabajo. \u201c<em>Entendemos que ser\u00eda de gran ayuda para las compa\u00f1\u00edas que el gobierno se expida al respecto para evitar posibles multas impuestas por el Ministerio de Trabajo, como consecuencia de adecuar la pol\u00edtica de vacaciones dado el contexto actual, sabiendo que el Aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) fue dictado all\u00e1 por el 20 de marzo 2020 y el final del per\u00edodo de vacaciones 2019 se vio interrumpido quedando pendientes esos d\u00edas de goce<\/em>\u201d, argumentan.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>VACACIONES NO GOZADAS Y VENIDERAS<\/strong><\/p>\n<p>Como se explic\u00f3, existen trabajadores que no han gozado de su per\u00edodo de descanso correspondiente al 2019. \u00bfQu\u00e9 sucede con sus vacaciones? \u00bfSe pierden? \u201c<em>Si bien la ley establece que podr\u00e1 acumularse a un per\u00edodo de vacaciones la tercera parte de un per\u00edodo inmediatamente anterior que no se hubiere gozado, muchas empresas, dado el contexto actual, han decidido aumentar esa limitaci\u00f3n legal, ampliando la fracci\u00f3n o en algunos casos acumulando el total de vacaciones pendientes del a\u00f1o 2019 para que el empleado pueda hacer uso de estas en un momento m\u00e1s pr\u00f3spero, una vez que se supere el ASPO. Lamentablemente hasta el momento no ha habido alg\u00fan tipo de pr\u00f3rroga ni aclaraci\u00f3n por parte del organismo gubernamental\u201d, <\/em>explican los profesionales.<\/p>\n<p>Para lo que viene, que son las vacaciones correspondientes al 2020, es importante que cada compa\u00f1\u00eda comience a pensar y evaluar este tema para que no se junten todas las licencias de empleados una vez que se den mayores aperturas y los trabajadores quieran hacer uso de su merecido descanso. \u201c<em>Cada compa\u00f1\u00eda deber\u00eda ajustar sus cronogramas de otorgamiento de vacaciones atendiendo sus necesidades de producci\u00f3n y compatibilizarlo con las nuevas aperturas o cambios. Para eso quiz\u00e1 ser\u00eda recomendable crear grupos de trabajo, en caso de que no los tengan implementados, y de ser necesario recurrir a empleados eventuales para cubrir puestos faltantes m\u00e1s sensibles como consecuencia de otorgar las licencias<\/em>\u201d, argumentan.<\/p>\n<p><strong>ALGUNOS CONSEJOS\u2026<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Es importante que dentro de los protocolos que confeccionan las compa\u00f1\u00edas incorporen este punto fundamental de vacaciones para poder evitar falta de personal y atender a los requerimientos propios de su actividad.<\/li>\n<li>Otorgar en dos tramos las vacaciones 2019-2020 pudiendo dar alguna(s) semana(s) antes de fin de a\u00f1o y el resto en per\u00edodos m\u00e1s veraniegos.<\/li>\n<li>En el caso que las compa\u00f1\u00edas requieran alg\u00fan tipo de cronograma extendido m\u00e1s all\u00e1 del legal (octubre-abril) o del convencional establecido deber\u00edan realizar la presentaci\u00f3n ante la respectiva autoridad de aplicaci\u00f3n laboral para solicitar la excepcionalidad y contar con la respectiva autorizaci\u00f3n, entendiendo que el motivo que dio origen al pedido ha sido la pandemia.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Por \u00faltimo, los especialistas aseguran que numerosas compa\u00f1\u00edas han optado en modificar sus pol\u00edticas de vacaciones, para poder adaptarse a este contexto, otorgando d\u00edas h\u00e1biles o limitando la fracci\u00f3n de extinci\u00f3n de estas. \u201c<em>Algunas jurisdicciones, como el caso de la costa Atl\u00e1ntica, ya anticiparon que este a\u00f1o habr\u00e1 temporada \u201cextra large\u201d que se extender\u00e1 desde el 1 de diciembre 2020 hasta Semana Santa del 2021 (4 de abril) para los que alquilen alojamiento, con lo cual habr\u00e1 m\u00e1s semanas para poder ofrecer descanso veraniego al personal<\/em>\u201d, concluyen.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este a\u00f1o llev\u00f3 a las empresas a modificar todos sus esquemas de trabajo. 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